SENTENCIA VACACIONES CONTRATOS DE RELEVO
SEM, siguiendo su línea de acción sindical, consigue que se estime la demanda de conflicto colectivo interpuesta por nuestro sindicato en el Juzgado de lo Social numero 6, y por consiguiente, que al colectivo de trabajadores con contratos de relevo, se les reconozca el disfrute de sus vacaciones en los mismos términos que a los demás empleados/as públicos del Ayto. de Sevilla que desarrollan su trabajo a tiempo completo. Este fallo judicial viene a reconocer que el cómputo de días de vacaciones para los compañeros/as relevistas, tiene que efectuarse sobre el año completo y no sobre el 75% del mismo, como interpretaba RRHH.
Aunque sobre esta sentencia cabe recurso, esperamos que la Delegación de RRHH acate dicho fallo y reconozca un derecho que hasta ahora se venía coartando a estos compañeros/as.
Desde esta Sección Sindical felicitamos a todos los compañeros/as
relevistas, poniéndonos a su disposición para cuantas consultas sean necesarias.